Como Citar Jurisprudencia Dela Scjn?

Como Citar Jurisprudencia Dela Scjn
Para citar sentencias de la SCJN se deberán tomar en cuenta los siguientes elementos: Sentencia recaída al, Ponente:, fecha de resolución.

¿Cómo se cita una jurisprudencia en apa?

La jurisprudencia española se cita habitualmente en el cuerpo del texto indicando el órgano que la dicta, número y fecha de resolución. Así mismo, se utilizan abreviaturas para los términos sentencia (S), auto (A) o declaración (D), y para el tribunal que emite el dictamen.

¿Cómo citar el Semanario Judicial de la Federacion?

Deberán incluir el número de identificación, nombre de la publicación, época, libro, tomo, fecha, página y registro digital: Tesis: 1a. CCXII/2018, Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 61, Tomo I, diciembre de 2018, p.358.

¿Qué son las tesis aisladas de la Suprema Corte de Justicia?

¿QUÉ ES UNA TESIS AISLADA? Las Tesis Aisladas son criterios emitidos por un Tribunal Colegiado o por la Suprema Corte de Justicia de la Nación actuando en Pleno o en Salas, interpretando algún precepto legal pero que no ha alcanzado ser obligatoria.

¿Cómo se cita la doctrina?

Fórmula o esquema: Apellido, Inicial del nombre. (fecha). Título del artículo de doctrina. Título de la revista o repertorio, vol.

¿Cómo citar un artículo de la constitución en APA 7?

Constitución. Autor. (Año). Nombre oficial de la Constitución en cursiva.

¿Cómo citar un artículo de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos?

La referencia de una Constitución Política se compone del nombre oficial de la Constitución, artículo específico citado, la fecha de promulgación en el diario oficial (abreviatura del país).

¿Cuáles son los datos de identificacion de una jurisprudencia?

1. Se formará con los datos de identificación de la ejecutoria, señalándose en su orden y en su caso, el tipo de asunto, el número del expediente, el nombre del promovente del juicio, la fecha de resolución, la votación, el ponente y el secretario.

¿Cómo citar un semanario?

Las citas a artículos de periódico son bastante similares a las de artículos de revista. Los elementos básicos son los siguientes:

Autor del artículo – Apellidos primero, iniciales. Fecha de publicación – El elemento de fecha varía según el patrón de publicación del periódico particular. Por ejemplo, si es un diario, se indica el día, el mes y el año. Si es un semanario, se indica la semana cubierta por el recurso utilizado. Título del artículo – Solamente se escriben en mayúscula la primera letra del título, la primera letra del subtítulo, y las letras iniciales de nombres propios. Nombre del periódico – Se sigue el patrón de mayúsculas y minúsculas que utiliza la publicación. Se escribe en cursivas (itálicas). Números de páginas del artículo – Cuando son páginas continuas, los números se conectan con guion. Cuando son discontinuas, los números se separan con comas. En el caso de artículos en formato electrónico, puede que no haya números de página. Si es así, este elemento se obvia. Dirección donde se puede recuperar – Si es un artículo en formato electrónico, se indica el URL.

Ejemplo de un artículo impreso: Ejemplo de un artículo electrónico:

¿Cuál es el rubro de la jurisprudencia?

El rubro es el enunciado gramatical que identifica al criterio interpretativo plasmado en la tesis. Tiene por objeto reflejar con toda concisión, congruencia y claridad la esencia de dicho criterio y facilitar su localización, proporcionando una idea cierta del criterio.1.

¿Cómo citar una sentencia internacional?

• Formato electrónico :

Ley 40/2015, de 2 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. (BOE núm.236 de 2 de octubre de 2015. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-10566

JURISPRUDENCIA ESPAÑOLA Elementos para elaborar la referencia (Anexo de jurisprudencia):

Tribunal (Sala, Sección) Resolución, número y fecha

Elementos de la cita en el texto: Resolución Tribunal nº/año, fecha, parte de la resolución (Fundamento jurídico, fundamento de Derecho), Los fundamentos jurídicos tienen distintas denominaciones dependiendo de los tribunales:

Fundamento jurídico ( FJ) STC (Sentencia del Tribunal Constitucional), STS (Sentencia del Tribunal Supremo), SAN (Sentencia de la Audiencia Nacional)
Fundamento de Derecho ( FD ) STSJ (Sentencia de los Tribunales Superiores de Justicia de las CCAA)

EJEMPLOS • Tribunal Supremo : se utiliza la abreviatura STS para las sentencias emitidas por el Tribunal Supremo. Cita en texto:

STS 1229/2017 de 29 de marzo.

Anexo de jurisprudencia:

Tribunal Supremo. Sentencia núm.1229/2017, de 29 de marzo de 2017

• Tribunal Constitucional : se utiliza la abreviatura STC para las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional. Cita en texto:

STC 34/2017 de 1 de marzo

Anexo de jurisprudencia:

Tribunal Constitucional (Pleno). Sentencia núm.35/2017 de 1 de marzo de 2017.

De base de datos

Tribunal Constitucional (Pleno). Sentencia núm.35/2017, de 1 de marzo de 2017.,

De internet :

Tribunal Constitucional. Sentencia núm.35/2017, de 1 de marzo de 2017. http://hj.tribunalconstitucional.es/es/Resolucion/Show/25277

JURISPRUDENCIA INTERNACIONAL Elementos para elaborar la referencia (Anexo de jurisprudencia):

Tribunal (Sala, Sección) Resolución, número y fecha

Elementos de la cita en el texto: Resolución Tribunal nº/año, fecha, parte de la resolución (Fundamento jurídico, fundamento de Derecho), Los fundamentos jurídicos tienen distintas denominaciones dependiendo de los tribunales:

Apartado ( ap.) o Parágrafo ( § ) STEDH (Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos) STJUE (Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea)

EJEMPLOS • Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Cita en texto:

STEDH de 21 de febrero 2017.

Anexo de jurisprudencia:

Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Sentencia de 21 de febrero de 2017. Caso Rubio dos Amantes contra España.

• Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Ver Método de cita de la jurisprudencia – Tribunal de Justicia de la Unión Europea )

Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Sentencia de 12 de julio de 2005, Schempp, C -403/03, EU:C:2005:446 apartado 19. Tribunal General de la Unión Europea. Sentencia de 6 de junio de 2007, Walderdorff / Comisión, T- 442/04, no publicada, EU:T:2007:161.

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¿Cómo citar una página web?

Citar este artículo de Scribbr – Si deseas citar esta fuente, puedes copiar y pegar la cita o hacer clic en el botón «Citar este artículo» para agregar automáticamente la cita a nuestro generador de citas gratuito. Caulfield, J. (2021, 29 abril). Cómo citar una página web en formato APA.

¿Cómo se cita en APA 7ma edicion ejemplo?

Publicado el 1 de febrero de 2021 por Raimo Streefkerk, Fecha de actualización: 26 de febrero de 2021. Este artículo refleja las normas de la 7ª edición de APA, Las citas en el texto sirven para identificar brevemente la fuente de información en el cuerpo del texto.

Estas, además, corresponden a una entrada de referencia completa ubicada al final del artículo, en la sección Referencias, Según el formato APA, las citas en el texto deben contener el apellido del autor y el año de publicación. Cuando cites una parte específica de una fuente, también debes incluir un número o rango de páginas, según corresponda; por ejemplo: (Parker, 2020, p.67) o (Johnson, 2017, pp.39–41),

Omite los sufijos (por ejemplo, Jr.), así como los títulos (por ejemplo, Ph.D. o Dr.) y solo especifica el año de publicación; ni el día ni el mes son necesarios.

¿Cómo citar el Diario Oficial de la Federación en APA 7?

Aviso Legal Con fundamento en los artículos 27, fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 4, 5 y 7 y 10 Bis de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 3, fracción VI; 23, 68 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1, 2, 3, fracción II, 4, fracciones I, II y III, 18 fracción II, 20 fracción I y 22 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, 16 y 10 y 11, fracciones XXII y XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, se informa lo siguiente: El contenido de este sitio web tiene como objetivo publicar y divulgar las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares, órdenes y demás actos, expedidos por los Poderes de la Federación en sus respectivos ámbitos de competencia y proporcionar su consulta en condiciones de accesibilidad y simplificación. El sitio web al que usted ha ingresado es administrado por la Dirección General Adjunta del Diario Oficial de la Federación adscrita a la Unidad de Gobierno de la Subsecretaría de Gobierno de la Secretaría de Gobernación, con dirección en la calle Río Amazonas número 62, en la Colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06500, en la Ciudad de México, Distrito Federal. La información contenida en el este sitio web proviene de las ediciones del Diario Oficial de la Federación que pertenecen al acervo hemerográfico digital de este periódico. Las ediciones electrónicas publicadas en este sitio hasta el 4 de julio de 2012 se presentan con fines exclusivamente informativos, mientras que a partir de la publicación del 5 del mismo mes y año, el archivo en formato PDF tiene carácter oficial y auténtico ya que ostenta la firma electrónica avanzada del Director General Adjunto del Diario Oficial de la Federación. La Secretaría de Gobernación tiene derecho a realizar cambios en este sitio web sin previo aviso, con el objeto de actualizar, corregir, modificar, añadir o sustituir los contenidos de la dirección electrónica o del diseño, con la única reserva de lo que establece la legislación aplicable. La reproducción total o parcial del contenido de la información o documentos que se publican en este sitio web sin fines de lucro es permitida siempre y cuando se cite la fuente. La cita deberá contar con los siguientes elementos:

Título (sumario) del documento, Autoridad Emisora, Lugar de publicación, DOF, Fecha de publicación, fecha de citación (entre corchetes); Disponible en versión/formato (HTML, PDF, etc.) en internet: http://.

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, Secretaría de Gobernación; Estados Unidos Mexicanos; DOF 05/06/2012; ; disponible en versión HTML en internet: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5252005&fecha=05/06/2012 Acuerdo por el que se señala que el acceso al Diario Oficial de la Federación, en su formato electrónico, es a través de la dirección electrónica /»>www.dof.gob.mx, Secretaría de Gobernación; Estados Unidos Mexicanos; DOF 06/07/2012; ; disponible en versión HTML en internet: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5258050&fecha=06/07/2012 El acceso a este sitio no implica licencia para la reproducción o distribución de ninguna de sus partes con fines de lucro, y sólo se permitirá con el previo consentimiento por escrito por parte de la Secretaría de Gobernación. Algunos derechos reservados. Queda estrictamente prohibida cualquier acción que altere o violente la integridad del texto de los documentos publicados. La Secretaría de Gobernación no es responsable de las pérdidas, daños, obligaciones o gastos presumiblemente derivados de la utilización de este sitio, incluidos, pero sin limitarse a ellos, los fallos, errores, omisiones, interrupciones o demoras relacionados con dichos materiales. Los usuarios utilizan este sitio por su cuenta y riesgo. Ninguna dispensa de cualquiera de las disposiciones del presente Aviso Legal será vinculante salvo que sea enunciada por escrito y firmada por la autoridad competente. Política de Privacidad y Protección de Datos Personales La Secretaría de Gobernación protege los datos personales proporcionados a través de los sitios web www.dof.gob.mx y www.diariooficial.gob.mx. Por esta razón, da a conocer a sus usuarios las siguientes políticas, basadas en la normativa vigente aplicable a la protección de datos personales: La Política de Privacidad y Protección de Datos Personales, en adelante la Política de Privacidad, explica cómo se tratan y protegen los datos personales que son recolectados en los sitios web www.dof.gob.mx y www.diariooficial.gob.mx. Con fundamento en los artículos 27, fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 4, 5, 7 bis de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 3, fracción VI, 23 y 68 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1, 2, 3 fracción II, 4, fracciones I, II y III, 18 fracción II, 20 fracción I y 22 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; y 10 y 11 fracciones XXII y XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, la Dirección Adjunta del Diario Oficial de la Federación, adscrita a la Unidad de Gobierno de la Subsecretaría de Gobierno de la Secretaría de Gobernación, es responsable de la administración de los sitios www.dof.gob.mx y www.diariooficial.gob.mx Al acceder a estos sitios web puede ser direccionado a otros que están fuera de nuestro control. La Secretaría de Gobernación no endosa, representa ni garantiza la Política de Privacidad o el contenido de ningún sitio de terceros que tenga enlaces desde o hacia los sitios web www.dof.gob.mx y www.diariooficial.gob.mx

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Obtención y tratamiento de datos personales

Los datos personales recolectados a través de los sitios web www.dof.gob.mx y www.diariooficial.gob.mx, ya sea por la Secretaría de Gobernación, o bien, por otros sitios de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y empresas productivas del Estado, enlazadas a través dichos sitios web de manera opcional, en ningún caso son datos sensibles.

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De conformidad con los artículos 20 fracción VI, 21 y 23 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, los datos personales recabados serán tratados e incorporados para su protección en el Sistema de Información del Diario Oficial de la Federación, mismo que está registrado en el listado de sistemas de datos personales del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

La información suministrada permitirá acceder a un servicio o trámite en las direcciones electrónicas www.dof.gob.mx y www.diariooficial.gob.mx, La Unidad Administrativa responsable de administrar el Diario Oficial de la Federación es la Dirección General Adjunta del Diario Oficial de la Federación, adscrita a la Unidad de Gobierno de la Subsecretaría de Gobierno de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 11, fracciones XXII y XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.

El interesado podrá solicitar información de cómo ejercer los derechos de acceso y corrección en la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación, ubicada en Bahía de Santa Bárbara 193, Col. Verónica Anzures, Miguel Hidalgo, en la Ciudad de México, C.P.11300. La Secretaría de Gobernación no recolectará ninguna información de los visitantes a su sitio web a menos que sea suministrada de manera voluntaria.

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Consentimiento en materia de protección de datos personales

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Acceso y corrección de datos personales

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¿Cómo citar una sentencia en un TFG?

1. Formato tradicional – En este formato, muy utilizado en los TFGs y TFMs de Derecho, no basta con adjuntar en la bibliografía la fuentes consultadas, sino que deben constar también en el cuerpo del trabajo, Existen dos tipos de citas básicas:

Cita textual: se transcribe literalmente un fragmento de la obra consultada. En este caso, el fragmento debe aparecer entre comillas. En los casos en los que la extensión supere las cuatro líneas, debe aparecer en un párrafo aparte, sangrado a la izquierda y en un tamaño de letra inferior al del resto del texto.

Cita indirecta: se expresan ideas del autor de la obra consultada, pero empleando palabras propias. Salvo casos muy concretos, lo recomendable es recurrir a citas indirectas y expresarnos con nuestras palabras, sin abusar de las citas textuales.

En todo caso, sea la cita textual o indirecta, en el formato tradicional se exige la inclusión de una nota a pie de página en la que consten todos los datos de la obra referenciada. En los supuestos en los que se cite una misma obra dos o más veces seguidas, no es necesario repetir de nuevo todos los datos, sino que basta con poner «Ibídem», y el número de página donde aparece la idea utilizada.

Libros: APELLIDOS, INICIAL DEL NOMBRE. Título en cursivas, lugar, editorial año y página. Ejemplo: BROWN, P. Historia de la vida Privada, Del Imperio Romano al año mil, España: Taurus, 1991, p.50

Artículos: APELLIDOS, INICIAL DEL NOMBRE. «Título del artículo». Nombre de la revista o publicación en cursivas, volumen, año y páginas en las que aparece el artículo. Ejemplo: GARCÍA SÁNCHEZ, B. «Dificultades de la Euroorden ante su puesta en práctica por los tribunales nacionales de la Unión Europea». Anuario de derecho penal y ciencias penales, vol 60, 2007, pp.315-378

Recursos web: APELLIDOS, INICIAL DEL NOMBRE. Título del artículo en cursivas, nombre de la publicación, año. Recuperado de (añadir link). Teniendo en cuenta la importancia de las fuentes digitales, en los últimos años viene siendo común diferenciar esta modalidad, donde debe aparecer también el enlace de la publicación citada. Ejemplo: MUÑOZ LAGAREJOS, D. Descontento político y desafección política: ¿son lo mismo?, PolitcAhora, 2016. Recuperado de https://politicahora.es/2016/01/04/descontento-politicoy-desafeccion-politica-son-lo-mismo/

Jurisprudencia: Tribunal, número de la resolución, fecha y fundamento jurídico cuando se referencia un fragmento específico. Ejemplo: Sentencia del Tribunal Constitucional 91/2017, de 6 de julio, Fjº 2.

Fuentes normativas : número de disposición, fecha y nombre completo de la norma. Ejemplo: Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género

Finalmente, hay que destacar que esta información también debe aparecer en la bibliografía final, dividiendo en apartados según el tipo de fuentes. De esta forma, es necesario un apartado en el que aparezca toda la legislación y normativa referenciada, otro para la jurisprudencia (las sentencias se ordenan por importancia del tribunal que las dicta) y otro para obras doctrinales.