Como Dar De Baja El Seguro De La Escuela?

Como Dar De Baja El Seguro De La Escuela
Solicita tu baja del seguro de salud para estudiantes al correo [email protected], anexando tu número de cuenta de estudiantes y tu constancia de vigencia de derechos, el tiempo de trámite es de 24 a 48 horas.

¿Cómo dar de baja a mi hijo en el seguro?

Para registrar, dar de baja y/o modificar los datos de tu familia o beneficiarios ante el IMSS por internet, necesitarás: registrarte en el Escritorio Virtual, Firma Electrónica Avanzada (FIEL), tu CURP, la CURP de tu beneficiario(a) y un correo electrónico personal.

¿Cuánto tiempo dura el Seguro Social después de salir de la escuela?

El Seguro para estudiantes tiene validez durante todo el tiempo que permanezcas como estudiante en cualquier institución pública de niveles medio superior, superior o posgrado, presencial o en línea. No hay límite de edad ni en los servicios que puedas requerir.

¿Cómo puedo obtener mi baja del IMSS por internet?

¿Cómo registrar o dar de baja a un familiar? * El interesado deberá ingresar al llamado Escritorio Virtual en la siguiente página de internet del IMSS: https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-web/portal. *Una vez ahí, el Instituto pedirá acceder o crear una cuenta.

¿Cómo puedo saber si estoy dado de baja en el Seguro?

Para saber si estás dado de alta en el IMSS o si tus beneficiarios(as) registrados(as) aún están vigentes, solicita una Constancia de Vigencia de Derechos. Ten a la mano tu CURP, Número de Seguridad Social (NSS) y un correo electrónico personal.

¿Qué pasa si no me di de baja en el IMSS?

Consecuencias de no dar de baja a un trabajador en el ROSS Toda empresa tiene el deber de afiliar al Régimen Obligatorio del Seguro Social —ROSS— a todo aquel que le preste un servicio personal, subordinado y remunerado, cualquiera que sea el acto que le hubiese dado origen (art.12, fracc.

jefe inmediato no reportó la rescisión laboral responsable olvidó llevar a cabo tal aviso, o colaborador no se presentó a laborar injustificadamente por lo que la compañía decidió no darlo de baja (por estrategia en la defensa ante una demanda laboral)

En virtud de ello, a continuación se explican las consecuencias de no comunicar las bajas de los trabajadores. El vínculo laboral puede concluir por los siguientes supuestos:

despido injustificado, el patrón rescinde unilateralmente el contrato de trabajo, o dentro del juicio respectivo no comprueba la causa de la rescisión

rescisión laboral justificada, el colaborador incurre en alguna de las conductas señaladas en el numeral 47 de la LFT o el infractor es el patrón de acuerdo con lo indicado en el precepto 51 del mismo ordenamiento

incapacidad permanente parcial, existe pérdida de facultades o aptitudes que imposibilitan al subordinado a desempeñar cualquier labor por el resto de su vida (art.480, LFT)

invalidez, es cuando el trabajador queda imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al 50 % de su retribución habitual percibida durante el último año de labores y decide no continuar con la relación laboral (art.119, LSS), o

muerte del trabajador, es el fin de la vida de un individuo con lo que se extinguen los derechos y las obligaciones de aquel

En todos los casos y de conformidad con los preceptos 15, fracción I de la LSS y 57, primer párrafo del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización —RACERF—, las empresas tienen la obligación de comunicar al Instituto la baja de sus subordinados dentro de un plazo no mayor a cinco días hábiles siguientes a aquel en que acabe el vínculo laboral. Conforme a los artículos 15 penúltimo párrafo de la LSS y 46 del RACERF los movimientos afiliatorios se pueden proporcionar a la subdelegación correspondiente al registro patronal —RP— en documento impreso cuando son menos de cinco gestiones; no obstante, en la práctica todos los movimientos se efectúan a través del portal IMSS Desde su Empresa —IDSE— (. De conformidad con el numeral 57 del RACERF, el aviso de baja puede surtir efectos:

desde la fecha señalada por el patrón en el aviso, siempre y cuando se presente dentro del término legal

a partir del día siguiente al de su recepción por el Instituto, tratándose de un movimiento entregado extemporáneamente, o

en la fecha señalada en el dictamen de incapacidad permanente parcial o total o en el dictamen de invalidez, a pesar de que la baja sea presentada fuera de tiempo

Es menester puntualizar que no existe multa por no llevar a cabo esta gestión. Pero la consecuencia de no efectuarla es la afectación de las finanzas de la compañía, porque en tanto no se realice el movimiento afiliatorio, subsiste la obligación de cubrir las cuotas obrero-patronales (arts.37, LSS) No obstante, según el dispositivo 37 de la LSS, si se comprueba que dicho trabajador fue inscrito por otro patrón, el Instituto devolverá al patrón, a su solicitud, el importe de las cuotas obrero-patronales pagadas en exceso, a partir de la fecha de la nueva alta.

  • Esto significa que el patrón tendrá que pagar las cuotas y comunicar la baja para que no se sigan causando, y después, solicitar que el IMSS le regrese las contribuciones que enteró, siempre que acredite que el subordinado empezó a laborar con otra empresa y esta lo inscribió al ROSS.
  • Asimismo, debe señalarse que si el patrón no comunica la baja a pesar de que el trabajador ya no se presenta a laborar, puede aplicar la regla del ausentismo, es decir, que hasta por siete días en un mes, pagará por dicho periodo, únicamente las cuotas del Seguro de Enfermedades y Maternidad (art.31, fracc.

I, LSS) En esta circunstancia, el patrón debe registrar las ausencias en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) a efectos de calcular y enterar las cuotas obrero-patronales conforme a lo descrito y posteriormente en caso de ser requerido por diferencias, aclararlas ante el IMSS, exhibiendo las listas de asistencias correspondientes.

Por otra parte, en materia de vivienda, los artículos 29, fracción II, último párrafo de la Ley del Infonavit; 36, segundo párrafo y 50 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit (Ripaedi), señalan que el patrón tiene que pagar las aportaciones del 5 % y los créditos de vivienda por cada trabajador mientras exista la relación laboral que los une, por tanto se debe presentar el aviso de baja correspondiente.

De igual modo, si la empresa infractora demuestra que las aportaciones y los empréstitos de vivienda fueron enterados al Infonavit por conducto de un nuevo patrón, la empresa que omitió comunicar la baja, se libera del pago de dichos conceptos hasta por los importes cubiertos (arts.36, último párrafo, y 52, segundo párrafo, Ripaedi).

De esto se entiende, que el Infonavit no le cobrará al omiso, las aportaciones y los préstamos hipotecarios, hasta por la cantidad que hubiese pagado el nuevo patrón, pero la diferencia si tendrá que enterarla. Debe señalarse que no comunicar la baja del trabajador, puede causar que el Infonavit imponga una multa al patrón de 251 a 300 veces la UMA, es decir, de 21,206.99 a 25,347.00 pesos, de acuerdo con lo previsto en los numerales 6o.

y 8o. del Reglamento para la Imposición de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones que la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y sus Reglamentos establecen a cargo de los Patrones. Como puede observarse, las consecuencias de no comunicar la baja de los colaboradores en tiempo y forma representa una pérdida de dinero para la empresa, por lo que es recomendable realizarla en los términos legales.

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¿Qué pasa si me dan de baja en el Seguro Social?

Si fuiste dado de baja ante el IMSS por tu patrón en el Régimen Obligatorio, puedes inscribirte nuevamente de forma voluntaria. Requisitos: CURP y correo electrónico personal. Con Mi Pensión Digital puedes obtener más rápido y fácil tu pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez.

¿Qué pasa cuando cumples 16 años en el IMSS?

‘Se puede presentar una constancia para que les den prórrogas de vigencia por estudios y es de los 16 hasta los 25 años, van a poder seguir teniendo vigencia de derechos si sus padres siguen asegurados, y van a tener el NSS del padre o la madre’, indicó.

¿Cómo se cuentan los 5 días para baja de IMSS?

Page 357 1. Inscribir a los trabajadores en el IMSS El artículo 15, fracción I, de la LSS, establece que los patrones están obligados a inscribir a sus trabajadores en el IMSS dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles. Para los efectos anteriores es importante mencionar que los trabajadores deberán ser inscritos en dicho organismo en el régimen obligatorio, ya que el artículo 12, fracción I, de la LSS, establece que son sujetos de aseguramiento de dicho régimen, las personas que de conformidad con los artículos 20 y 21 de la LFT, presten, en forma permanente o eventual, a otras de carácter físico o moral o unidades económicas sin personalidad jurídica, un servicio remunerado, personal y subordinado, cualesquiera que sea el acto que le dé origen y cualquiera que sea la personalidad jurídica o la naturaleza económica del patrón, aun cuando éste, en virtud de alguna ley especial, esté exento del pago de contribuciones.

Los patrones deberán inscribir a sus trabajadores ante el IMSS en los términos que señala la LSS (dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles). Asimismo, podrán hacerlo el día hábil anterior al inicio de la relación laboral, en este caso, el reconocimiento de derechos o semanas para determinar el otorgamiento de las prestaciones en dinero y en especie se contabilizará a partir de la fecha de inicio de la relación señalada en el aviso respectivo. Los patrones que presenten en una sola exhibición cinco o más movimientos de afiliación, deberán hacerlo a través de medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto-ópticos o de cualquier otra naturaleza. El IMSS, al recibir el aviso de inscripción de un trabajador, verificará que éste contenga la CURP del trabajador. El patrón deberá solicitar al trabajador su CURP. La omisión en la presentación de este documento no exime al patrón de la obligación de inscribirlo ante el Instituto. Para efectos de inscripción de trabajadores eventuales del campo, no se considerará como tal el que realice labores de oficina, actividades de transporte, almacenamiento, exposición y venta de productos, así como la de empaque en lugares fijos, salvo cuando esta última se realice como preparación del producto para su primera enajenación, por patrones que cumplan con lo dispuesto en la fracción I del artículo 237-B de la LSS, Es importante mencionar que el IMSS ofrece a las empresas la facilidad de comunicar los movimientos afiliatorios de los trabajadores asegurados, mediante dispositivos magnéticos (discos para computadora) o de telecomunicación (IMSS desde su empresa), pues la información procesada por esos conductos tiene valor probatorio para todo efecto legal. Page 358 Este procedimiento permite la comunicación masiva de los movimientos de reingreso y baja, además de las modificaciones de salario de los trabajadores asegurados.

a) Rectificación de datos proporcionados en avisos de inscripción El artículo 50 del Racerf establece que el IMSS recibirá los avisos de inscripción de los trabajadores que presenten los patrones o sus representantes, comprobando, en su caso, la veracidad de los datos por los medios que estime pertinentes y, de proceder, rectificará la información.

Cuando se refiera a la fecha de alta, reingreso o modificación de salario del trabajador, el IMSS efectuará la rectificación respectiva previo pago por parte del patrón de las diferencias que se generen cuando hubiere otorgado prestaciones de manera indebida al asegurado. Si se trata de un salario inferior a uno superior, la rectificación surtirá efectos a partir de la fecha manifestada en el primer aviso, debiéndose cubrir las cuotas o, en su caso, los capitales constitutivos que procedan. Si se trata de un salario superior a uno inferior, la rectificación surtirá efectos desde la fecha de presentación de la solicitud. No obstante lo anterior, el IMSS podrá efectuar la rectificación con la fecha manifestada en la solicitud, siempre y cuando se presente antes de realizar el pago que corresponda al mes en que se pretende surta efectos la modificación del salario y dentro de los 17 primeros días del mes siguiente. En este caso, el patrón deberá resarcir al IMSS, las prestaciones que este último hubiere otorgado indebidamente al trabajador. El trámite debe efectuarse presentando un escrito ante los servicios de afiliación-vigencia de derechos o, en su caso, mediante oficialía de partes de la subdelega-ción correspondiente. Una vez resuelta la aclaración, el patrón procederá a realizar las correcciones pertinentes en el SUA, a fin de determinar las cuotas obreras. El Racerf no prevé el tiempo ni la manera en que el IMSS notificará al patrón, la procedencia o improcedencia de la corrección, así que el Instituto actúa conforme a su normatividad interna, según la cual se emitirá un oficio de respuesta para las peticiones que realicen los patrones, de manera que el IMSS enviará un escrito en el que se confirma la corrección o bien, se hará de conocimiento del patrón que su solicitud fue improcedente. Page 359 Ahora bien, en la práctica no sólo se cometen errores relativos a la fecha de alta o al salario base de cotización, sino que pueden ocurrir también en los datos personales. Para ello, el IMSS puede realizar, en el sistema, la corrección de los datos estadísticos siguientes: Número de seguridad social. Nombre del asegurado. CURP. Sexo. Lugar o fecha de nacimiento. Para realizar cualquiera de estas correcciones, es requisito indispensable que el propio trabajador o, en su caso, el patrón, acuda a la subdelegación de origen y presente la solicitud de corrección por escrito o de manera verbal, anexando la documentación comprobatoria siguiente: Corrección del número de seguridad social, sexo o de la CURP:

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Aviso de inscripción inicial. Avisos de afiliación subsecuentes. Tarjeta de afiliación ADIMSS.

Corrección del nombre del asegurado, lugar o fecha de nacimiento:

Acta de nacimiento. Identificación personal (credencial de elector, cartilla o pasaporte).

Los datos por corregir se detallarán en el formato Afil-07 «Corrección de datos estadísticos del asegurado». Page 361

2. Comunicar altas, bajas y modificaciones de salarios de los trabajadores Según el artículo 15, fracción I, de la LSS, los patrones tienen la obligación de comunicar las altas, bajas, modificaciones de salario y demás datos de sus trabajadores, dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles.

Los patrones deberán comunicar al IMSS, a través de los medios autorizados, las bajas de los trabajadores cuando termine la relación laboral o dejen de ser sujetos de aseguramiento, en el plazo de cinco días hábiles, contado a partir del día siguiente de la fecha en que se dé el supuesto respectivo. (Art.57, Racerf ) En el caso de presentación del aviso de baja dentro del término legal, éste surtirá sus efectos a partir de la fecha señalada por el patrón en dicho aviso, teniéndose como cotizado el día que se señale como fecha de la baja. (Art.57, Racerf ) Cuando se presente el aviso de baja en forma extemporánea, éste surtirá sus efectos a partir del día siguiente al de su recepción por el IMSS, con excepción de los casos en que el propio IMSS hubiese dictaminado pensiones de riesgos de trabajo o de invalidez, en cuyo caso, la baja surtirá sus efectos a partir de la fecha que en el mismo se señale. (Art.57, Racerf ) Los avisos de baja de los trabajadores incapacitados temporalmente para el trabajo, no surtirán efectos para las finalidades del seguro social, mientras dure el estado de incapacidad. (Art.21, LSS ) Page 362

b) Avisos de modificación de salario

El artículo 34 de la LSS establece que cuando encontrándose el asegurado al servicio de un mismo patrón se modifique el salario estipulado, se estará a lo siguiente:

En los casos en que el trabajador perciba únicamente salario fijo, el patrón estará obligado a presentar al IMSS, los avisos de modificación del salario diario base de cotización dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha en que cambie el salario. Cuando el trabajador perciba únicamente salario variable, el patrón estará obligado a comunicar al IMSS dentro de los primeros cinco días hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, las modificaciones del salario diario promedio obtenido en el bimestre anterior. En los casos en que el salario.

¿Cuánto tarda el seguro en darte de baja?

Baja del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ¿En dónde puedo realizar el trámite? Envía por correo electrónico tu solicitud de Afiliación al IMSS de acuerdo a la ubicación de su Unidad Académica: • [email protected][email protected][email protected][email protected][email protected][email protected] ¿Qué requisitos necesito cubrir? Envía la solicitud de la siguiente manera: A.

  • Asunto del correo: Solicitud de Baja al IMSS B.
  • En el cuerpo del correo electrónico deberás especificar los siguientes datos: a) Nombre completo.
  • B) Matrícula.
  • C) Programa Educativo (nombre del Posgrado, Licenciatura, Técnico Superior Universitario, Técnico, Preparatoria o Bachillerato).
  • D) Campus.
  • E) Correo electrónico dado de alta en el IMSS.

f) Número de teléfono de contacto vigente.C. Anexa los siguientes documentos escaneados en formato PDF (no fotografías ni aplicaciones de escaneo para celular). Consulta el MANUAL PARA ESCANEO DE DOCUMENTOS, a) Descarga, llena y firma con letra de molde el Formato de solicitud de baja de IMSS ( descarga aquí ), en caso de ser menor de edad deberá autorizar y firmar madre, padre o tutor(a).

  1. B) Anexa identificación oficial vigente con fotografía por ambos lados (credencial de elector, credencial de estudiante, pasaporte, licencia de manejo, cartilla del Servicio Militar Nacional).
  2. C) En caso de ser menor de edad, debes incluir identificación oficial vigente de madre, padre o tutor(a) (credencial de elector, pasaporte, licencia de manejo, cartilla del Servicio Militar Nacional).

d) Constancia de Vigencia del IMSS (formato que descargas del portal del IMSS, adjúntalo tal cual el formato que te brinda la plataforma). Clic aquí para ver ejemplo de Constancia de Vigencia. e) Kárdex simple (descargar desde cuenta de Autoservicios www.autoservicios.buap.mx ).

Clic aquí para MANUAL DE IMPRESIÓN DE KARDEX SIMPLE ). Consideraciones: – Para ser procedente la solicitud deberá contener en su totalidad los datos y documentos requeridos. – El Número de Seguridad Social podrá obtenerlo en la página oficial del IMSS ( www.imss.gob.mx ), en el apartado IMSS Digital o bien directamente desde NSS (Número de Seguridad Social).

( Clic aquí ) – La Constancia de Vigencia del IMSS podrá descargarla en la página oficial del IMSS ( www.imss.gob.mx ), en el apartado IMSS Digital. Consulta tu Vigencia de Derechos. ( Clic aquí ) ¿Cuál es el tiempo del trámite? 08 días hábiles a partir del envío de tu correo electrónico (siempre y cuando tu solicitud cubra con todos los requisitos establecidos).

¿Cuánto tiempo tienes para darte de baja de un seguro?

Según la ley del contrato de seguro puedes dar de baja una póliza en el primer mes de vigencia. Es decir, cuando lo contratas, tienes 30 días para decidir si quieres tenerlo vigente o prefieres echarte para atrás.

¿Cuánto tardan en darte de baja en el seguro?

Como Dar De Baja El Seguro De La Escuela Al menos 346,878 trabajadores han sido despedidos en el país. (Foto: Cuartoscuro) El tema de desempleo genera en estos momentos de crisis, además de tensión, incertidumbre, ya que en algunos casos se pierde el acceso de atención médica que ofrece el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), un derecho que de no contar con él, puede poner en riesgo la vida de un trabajador. Te puede interesar: Un espacio para que las PyMEs puedan crecer y desarrollarse Durante la conferencia matutina del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, se dio a conocer el momento en que un empleado pierde el derecho a los servicios de salud, sin importar si siga percibiendo su salario de nómina por parte de su patrón o no. Como Dar De Baja El Seguro De La Escuela Ocho semanas tiene un trabajador después de que es separo del seguro social. (Foto: Reuters) Cuando un trabajador es dado de baja en el seguro social, tiene un lapso de ocho días para perder todo derecho. Te puede interesar: Qué es la pensión mínima garantizada y quiénes pueden pedirla en 2023 Es decir, en el momento en que una persona es separada de esa prestación empiezan a contar las ocho semanas y justo al terminar, un aproximado de dos meses, ya no podrá hacer uso de ningún servicio en el IMSS.

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Además, los trabajadores que fueron despedidos de sus empleos, pero ya tenía ocho semanas que el patrón no pagaba el seguro, significa que por ley tampoco tiene acceso a nada. Y es que existe la posibilidad de que un empleado piense que no tienen ningún problema, pues sigue recibiendo su sueldo vía nómina; sin embargo, hay muchas empresas que lo primero que dejan de pagar es ese derecho.

Durante la conferencia de AMLO, se detalló que las pequeñas empresas han aguantado más la crisis actual generada por el COVID-19 y registran solidaridad hacia sus subordinados. Sin embargo, las grandes empresas han dejado de abonar a la prestación de acceso a la salud con el objetivo de ahorrar, lo que simboliza un problema grave en estos momentos de propagación del virus en México. Como Dar De Baja El Seguro De La Escuela Es importante revisar la vigencia del alta al seguro social. (Foto: Reuters) Del 13 de marzo al 6 de abril han sido despedidos en el país, al menos 346,878 trabajadores de 20.4 millones, quienes pertenecen al sector formal e informal por el COVID-19. Es decir, 1.4% de los empleados sin amparos de seguro social porque los patrones no pagaban.

  1. Son alrededor de seis entidades las que reflejan una separación de sus trabajadores al IMSS, es decir, cerca de un 56% del total.
  2. Los datos revelaron que pequeñas empresas, de 1-5 trabajadores son las que más han mostrado solidaridad y las que más han resistido a la contingencia.
  3. Hay que destacar, que las pequeñas y medianas empresas (Pymes) t endrán el beneficio de acceder a un préstamo por parte del gobierno, para capitalizarse y poder enfrentar la crisis económica que ha generado el coronavirus en el país.

Desde Palacio Nacional, el presidente de México destacó que la ayuda será destinada a pequeñas empresas familiares para que puedan mantener su negocio. Por ello, anunció cuál será el plan «bajo palabra» de apoyo a los comercios formales e informales (tianguis, vendedores ambulantes.

¿Qué cubre el seguro de estudiante?

Todos los estudiantes, de instituciones públicas de educación media superior y superior, tienen el derecho de afiliarse al IMSS. El seguro cubre asistencia médica, farmacéutica y hospitalaria.

¿Qué es el seguro de salud para estudiantes?

El Seguro de Salud para estudiantes es un esquema de aseguramiento médico que otorga el IMSS, de forma gratuita, a los estudiantes de las instituciones públicas de los niveles medio superior, superior y de posgrado.

¿Cómo sacar mi número de Seguro Social si tengo 17 años?

El NSS se puede obtener de forma no presencial mediante la APP IMSS Digital (Descárgala de forma gratuita de las tiendas para ANDROID o OIS) y en el portal de internet del Instituto www.gob.mx/afiliatealimss, para ello solamente se necesita proporcionar la CURP, correo electrónico y domicilio.

¿Que le cubre el seguro a los alumnos del colegio?

Enfermedad – La prestación se ofrece en casos de enfermedad que contraigan los estudiantes durante su proceso de aprendizaje, El seguro incluye la asistencia médica, traslado y hospitalización, en caso de ser necesaria, También son parte los gastos de farmacia, medicina preventiva y gastos de funeraria cuando se da una defunción.

¿Cómo puedo saber cuánto dinero tengo en mi Seguro Social?

Tus beneficios jubilatorios se basan en los ingresos de por vida que has ganado de empleos en los que pagaste impuestos del Seguro Social, Mientras más altos sean los ingresos, mayores serán los beneficios (hasta cierto punto —más información a continuación—).

La cantidad a la que tienes derecho se modifica por otros factores; el más importante es la edad en la que solicites tus beneficios. Como referencia, los beneficios jubilatorios estimados promedio en el 2023 son de $1,827 al mes. El beneficio máximo —la cantidad más alta que un jubilado puede recibir— es de $3,627 al mes para alguien que solicite el Seguro Social en el 2023 a su edad plena de jubilación (la edad en la que eres apto para recibir el 100% de los beneficios calculados de tus ingresos de por vida).

La edad plena de jubilación, o FRA por sus siglas en inglés, es de 66 años y 4 meses para las personas nacidas en 1956, 66 y 6 meses para los nacidos en 1957 y aumenta gradualmente hasta llegar a 67 para los nacidos a partir de 1960. Solo sabrás con seguridad cuánto vas a recibir cuando hagas la solicitud, pero hay maneras de calcular una cantidad estimada.

  1. La forma más rápida y fácil es usar la Calculadora de beneficios del Seguro Social, de AARP, o verificar tu cuenta «My Social Security» en internet.
  2. Esta última obtiene la información del Seguro Social, de tu historial de ingresos; para la calculadora de AARP tendrás que proveer tu ingreso anual promedio.

Ambas herramientas predicen lo que podrías cobrar cada mes si empiezas a recibir el Seguro Social a los 62 años (la edad más temprana en la que puedes solicitarlo), a la edad plena de jubilación, y a los 70 años. Entre los 62 años y la edad plena de jubilación, el Seguro Social reduce tus beneficios por solicitar temprano; entre la edad plena de jubilación y los 70 años, aumenta tus pagos como recompensa por esperar.

Por ejemplo, la calculadora de AARP estima que una persona que nació el 1.º de enero de 1961, que ha tenido un ingreso anual promedio de $50,000, recibirá un beneficio mensual de $1,386 si solicita el Seguro Social a los 62, $1,980 a la edad plena de jubilación a los 67 años, $2,455 a la edad plena de la jubilación (en este caso, 67 años) o $2,370 a los 70.

La herramienta de AARP también puede mostrarte cifras por cada edad intermedia, calcular los efectos sobre tus beneficios si continúas trabajando y ayudarte a hacer un presupuesto para tus años jubilatorios. También puedes obtener estimados básicos de beneficios si llamas a la Administración del Seguro Social al 800-772-1213.