¿Qué pasa si estudias en una escuela que no está incorporada? – Si tu escuela carece de RVOE, tus estudios no tendrán validez oficial. Esto significa que ni la SEP ni ninguna Autoridad Educativa podrá expedirle un título válido ni cédula profesional. Además, no podrás continuar con estudios posteriores en el Sistema Educativo Nacional.
¿Quién vigila a los colegios privados?
La Dirección de Educación de Gestión Privada (DIEGEP) tiene como su principal e indelegable función la supervisión y el contralor de las instituciones de gestión privada a fin de garantizar el cumplimiento de los lineamientos de la política educativa provincial conforme a los principios, garantías, fines y objetivos de
¿Dónde puedo poner una queja de una escuela privada?
✔ ¿Dónde se puede denunciar a un colegio por hechos irregulares durante el año escolar? – Los padres pueden presentar su denuncia a través de la plataforma digital del Ministerio de Educación, Identicole, Tus reclamos serán atendidos por un especialista.
¿Cómo hacer una denuncia de un colegio?
Mecanismos para presentar quejas o reclamos: En forma escrita, verbal, o telefónicamente en la Dirección Local de Educación correspondiente. En forma verbal o escrita en la Secretaría de Educación, Dirección de Inspección y Vigilancia (Oficina de Atención al Ciudadano en Avenida El Dorado No.66-63, 1er piso).
¿Qué pasa si no pago la inscripción?
¿Debo o no debo pagar las cuotas escolares? – Al respecto, tanto la Secretaría de Educación Pública como la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) señalan que las autoridades de una escuela no pueden obligar a ningún padre de familia a pagar ninguna cuota.
Por lo tanto, las escuelas sólo pueden hacer del conocimiento de los padres de las carencias que se podrían resolver con la colaboración de todos. Sin embargo, las autoridades y la mesa directiva de las escuelas públicas defienden a las cuotas escolares debido a que insisten en que dichos recursos son necesarios para el mantenimiento de la institución, ya sea para la limpieza, compra de papel de baño, gel antibacterial, pintura, jardinería y mantenimiento, entre otras necesidades.
En cada plantel educativo la mesa directiva de padres de familia es la que determina la cuota que se solicitará. Pero como te comentamos, nadie puede obligarte a pagar una cuota, por lo que dependerá de la situación de la escuela y de lo que la junta de padres decida sobre que es lo mejor para que sus hijos e hijas cuenten con instalaciones y servicios de calidad.
En cuanto a las escuelas privadas, la Profeco señala que deben de informar muy bien al cliente acerca de los pagos extra que se pudieran generar y no deben exigir a los padres de familia la compra de útiles escolares, uniformes, libros y otros artículos o servicios con la misma escuela o con determinados proveedores.
Si elegiste una escuela privada para tus hijos, a continuación enlistamos los consejos que podemos darte para inscribirlos sin morir en el intento.
Verifica que la escuela esté incorporada a la SEP, porque de lo contrario, los estudios de tu hijo no tendrán validez oficial. Revisa los costos totales de al menos los siguientes conceptos: inscripción, reinscripción, colegiaturas, derechos por incorporación, exámenes extraordinarios, cursos de regularización, duplicados de certificados, constancias, credenciales, transporte. La escuela debe de dar a conocer el calendario de pagos y los descuentos por pago anticipado y recargos por mora. Debe entregar el reglamento escolar, así como la información para contactar a los directivos del plantel y horarios de atención. No deben exigir libros, útiles escolares y uniformes nuevos. Solo podrán requerir que los libros correspondan a ediciones actualizadas y que los útiles y uniformes estén en buen estado. Si dejas de pagar tres o más colegiaturas, se puede dar por terminada la relación con el alumno, pero deberán notificarte con al menos 15 días de anticipación.
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¿Cuál es el programa de estudios?
Programas de Estudio – Ayudan a organizar y orientar el trabajo pedagógico del año escolar, proponiendo al docente un ordenamiento de los Objetivos de Aprendizaje (OA) determinados en las Bases Curriculares. Constituyen una orientación acerca de cómo secuenciar los OA, cómo combinarlos entre ellos, y cuánto tiempo destinar a cada uno durante el año.
- Tanto en la enseñanza básica como media, se individualizan por asignatura, incluyendo orientaciones que se relacionan con la metodología, la evaluación y los recursos educativos involucrados, pudiendo incluir actividades que ejemplifiquen el proceso didáctico.
- Se trata de una propuesta que debe ser adaptada luego por los docentes, de acuerdo con la realidad de sus alumnos y de su establecimiento.
Según la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación elabora los Programas de Estudio, los que deben cumplir con los Objetivos de Aprendizaje definidos en las Bases Curriculares. Son obligatorios para aquellos establecimientos que no cuenten con los propios y deben asegurar, a lo menos, una proporción equivalente al 15% de tiempo de trabajo escolar de libre disposición.